Los terroristas ya no gozarán de beneficios penitenciarios
A proposito de las gollerias que exigen los senderistas y emerretistas ganados gracias a los gobiernos blandengues del toledismo y de paniagua.
Consenso en que norma debió llegar antes
Ya se promulgó la ley aprobada por el Congreso, la cual dispone que no proceden los beneficios penitenciarios para los condenados por delitos de terrorismo.
“Los condenados por delitos de terrorismo no podrán acogerse a los beneficios penitenciarios de redención de la pena por el trabajo y la educación, la semilibertad y la libertad condicional”, apunta la norma que deroga el Decreto Legislativo Nº 927, el cual regulaba la ejecución penal en materia de delitos de terrorismo.
Los condenados a pena temporal por delito de secuestro y/o extorsión podrán acogerse al beneficio penitenciario de liberación condicional cuando hayan cumplido efectivamente los tres cuartos de la pena impuesta, siempre que no tengan proceso pendiente con mandato de detención y previo pago del íntegro de la cantidad fijada por reparación civil y de la multa.
Todos en defensa de la democracia y del orden constitucional.
Los peruanos no queremos mas intromision de ideologias foraneas.
A aquellos que destruye n la moral y el trabajo del pueblo todo el repudio de los peruanos, A aquellos que violan sistematicamente nuestro Estado democratico de todos los peruanos; todo el peso de la ley.
www.elperu-avanza.blogspot.com
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viernes, 18 de septiembre de 2009
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